El TRIBUNAL DE DISTRITO de EEUU
DISTRITO CENTRAL DE CALIFORNIA
JUAN DOE I,
El Demandante,
CONTRA
El CARDENAL ROGER MAHONY, en su funcionamiento y en su capacidad individual, EL ARZOBISPADO CATOLICO ROMANO DE LOS ANGELES, una corporación; el CARDENAL NORBERTO RIVERA, en su funcionamiento y en su capacidad individual, LA DIOCESIS DE TEHUACAN; NICOLAS AGUILAR RIVERA,
Los Acusados
CASO NO. CV L0-02902-JST (JEMx)
ORDEN NEGANDO A LOS ACUSADOS CARDENAL ROGER MAHONY Y EL ARZOBISPADO CATOLICO ROMANO DE LOS ANGELES SU PETICION DE DESPEDIR CASO POR FALTA DE JURISDICCION SOBRE EL TEMA (Doc.24)
I. INTRODUCCION
El 20 de abril de 2010, el Demandante Juan Doe 1, un ciudadano mexicano, interpuso una queja contra los acusados Norteamericanos Cardenal Rogelio Mahony y el Arzobispado Católico Romano de Los Ángeles («Archidiócesis de Los Ángeles») y contra los acusados Mexicanos Cardenal Norberto Rivera, el Padre Nicholas Aguilar Rivera («Padre Aguilar»), y la Diócesis de Tehuacan bajo la Ley de Reclamación por Agravios contra Extranjeros («ATS»). El demandante alega que, en 1997, cuando el tenia doce años de edad, fue abusado sexualmente por Aguilar. El demandante alega que este abuso ocurrió porque Los Acusados conspiraron en ocultar el continuo y esparcido abuso sexual de niños por el Padre Aguilar.
Basado en este incidente, el Demandante afirma diez causas de acción: (1) violación y otro abuso sexual; (2) crímenes contra la humanidad; (3) tortura; (4) trato cruel, inhumano, y degradación; (5) conspiración civil; (6) aflicción de daño emocional intencional; (7) negligencia contra Cardenal Rivera y la Diócesis de Tehuacan; (8) supervisión negligente/fracaso en advertir contra Cardenal Rivera y la Diócesis de Tehuacan; (9) negligencia contra Cardenal Mahony y la Archidiócesis de Los Ángeles; y (10) fracaso negligente en advertir contra Cardenal Mahony y la Archidiócesis de Los Ángeles. (Vea la Primera Queja Enmendada, «FAC,» Doc. 10.) El demandante alega que el Cardenal Rivera y la Diócesis de Tehuacan supervisaron, protegieron y facilitaron las acciones del Padre Aguilar en México, y que el Cardenal Mahony y la Archidiócesis de Los Ángeles ayudaron al Padre Aguilar a evitar ser descubierto por las autoridades durante el tiempo que trabajó en Los Ángeles en 1987 y a huir finalmente a México.
Los acusados Mahony y la Archidiócesis de Los Ángeles presentaron una petición para que se despida la queja según la Regla Federal de Procedimiento Civil 12(b)(1) por falta de jurisdicción sobre el tema (Doc. 24). El demandante se opuso a la petición (Doc. 25), y los Acusados contestaron (Doc. 29). Haber leído los documentos, escuchado los argumentos orales, y tomando el asunto bajo sumisión, el Tribunal NIEGA la petición de los Acusados de despedir por falta de jurisdicción sobre el tema.
II. ANTECEDENTES
En una petición para despedir bajo Regla 12(b)(1), el Tribunal debe aceptar todas las alegaciones basadas en hechos como verdaderos. En Carson Harbor Vill., Ltd. v. City of Carson, 353 F.3d 824.826 (9th Cir. 2004). El demandante alega los siguientes hechos en su Primera Queja Enmendada.
Desde el 27 de julio de 1970, el Padre Aguilar ha sido un ordenado Sacerdote Católico. (FAC ¶ 15.) Desde entonces hasta 1987, el Padre Aguilar era un sacerdote para la Diócesis de Tehuacan, México, y un párroco para la parroquia de San Sebastián en Cuacnopalan, México. (Id ¶ 15-16). Durante ese tiempo, el acusado Cardenal Rivera, en aquel entonces el Obispo de Tehuacan, tuvo razón para creer que el Padre Aguilar había abusado sexualmente de jóvenes chicos. (Id. ¶ 18.)
El 27 de enero de 1987, el Cardenal Rivera le escribió al Cardenal Mahony, entonces el Arzobispo de Los Ángeles, y recomendó que el Padre Aguilar trabaje como un sacerdote en Los Ángeles. (Id. ¶ 19.) En su carta, Rivera le informó a Mahony y a la Archidiócesis que el Padre Aguilar procuraba trasladarse a California por «razones de familia y salud». (Id). Alrededor de febrero de1987, Rivera transfirió al Padre Aguilar a la Archidiócesis de Los Ángeles.
El 16 de marzo de 1987, Mahony asignó al Padre Aguilar para que sea el pastor asociado en la Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe en Los Ángeles. El 23 de marzo de 1987, Rivera le envió a Mahony una carta confidencial que, según Rivera, «proporcionó un resumen de los problemas homosexuales de Aguilar,» incluyendo el abuso sexual de menores mientras servía como un sacerdote en México. (Id. ¶ 23) El 18 de Mayo de 1987, Mahony asignó al Padre Aguilar para que sirviera como el pastor asociado en Santa Agatha en Los Ángeles. (Id. ¶ 24.)
En diciembre de 1987, dos monaguillos de Nuestra Señora de Guadalupe le informaron a su madre que el Padre Aguilar los molestó sexualmente. (Id. ¶ 25.) Entonces la madre reportó este abuso al Padre Bill McClean, el pastor de Nuestra Señora de Guadalupe. (Id ¶ 26.) La Monja Renee, la Directora Escolar de Nuestra Señora de Guadalupe, también fue informada que el Padre Aguilar estaba molestando sexualmente a los niños. (Id. ¶ 29.) El 8 de enero de 1988, la Archidiócesis de Los Ángeles fue notificada que el Padre Aguilar molestaba sexualmente a los niños en Los Ángeles. (Id. ¶ 32.)
El 8 de enero de 1988, el Padre McClean le informó al Monseñor Thomas Curry, el Vicario para el Clero de la Archidiócesis de Los Ángeles, del supuesto abuso sexual perpetuado por el Padre Aguilar. (Id.¶ 33.) Al día siguiente, el Monseñor Curry confrontó al Padre Aguilar acerca de las alegaciones, en cual momento el Padre Aguilar le informó a Curry que se regresaría a México. (Id. ¶ 36.) El Monseñor Curry no le notificó a la autoridad policiaca de la intención del Padre Aguilar de dejar el país o del supuesto abuso sexual (Id.) En la tarde del 9 de enero de 1988, un pariente del Padre Aguilar lo llevo a Tijuana. (Id. ¶ 37.)
El 11 de enero de 1988, la Monja Renee reportó a la policía que el Padre Aguilar había molestado sexualmente a niños en Nuestra Señora de Guadalupe. (Id. ¶ 39.) Ese mismo día, Monseñor Curry le escribió una carta al Obispo Rivera de la Diócesis de Tehuacan indicándole que «es con gran pena que le escribo a usted, pero nos ha venido a nuestra atención que varias familias en la Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe, en Los Ángeles, donde [Padre Aguilar] sirvió por algunos meses en su recién llegada aquí, lo acusan de actuar de manera muy inapropiada con sus niños». (Id. ¶ 40.) El 23 de febrero de 1988, el Monseñor Curry le escribió otra carta a Rivera en que adjunto un recorte de un artículo del periódico Los Angeles Times con fecha de 20 de febrero de 1988 con título «Sacerdote Buscado por Supuesto Molesto Sexual de Monaguillos,» que describió las supuestas alegaciones de molestia sexual por el Padre Aguilar hacia niños en varias parroquias de Los Ángeles. (Id. ¶ 42.)
En marzo de 1988, Mahony y Rivera se intercambiaron varias cartas con respecto al Padre Aguilar. El 4 de marzo de 1988, Mahony le escribió a Rivera sobre el Padre Aguilar, indicando que «es casi imposible determinar precisamente el número de jóvenes monaguillos que el molesto sexualmente, pero el número es grande. . . Este sacerdote debe ser detenido y debe ser regresado a Los Ángeles para enfrentar las consecuencias de sus acciones inmorales». (Id. ¶ 43.) El 17 de marzo de 1988, Rivera le contestó a Mahony: «Comprenderás que yo no estoy en una posición de encontrarlo, mucho menos forzarlo a regresar a comparecer al tribunal. . . En la carta de presentación del 27 de enero de 1987, incluí una fotografía de identificación, y en la carta confidencial del 23 de marzo del mismo año, yo le proporcioné un resumen de los problemas homosexuales del sacerdote». (Id. ¶ 45.) Diez días después, Mahony le respondió por carta, diciendo: «Querría decirle que yo no he recibido ninguna carta de usted con fecha del 23 de marzo de 1987, ni cualquier otra información con respecto a los problemas homosexuales del sacerdote,. . . Tenemos aquí en la Archidiócesis de Los Ángeles un plan claro de acción: nosotros no admitimos a sacerdotes con cualquier problemas homosexuales». (Id. ¶ 46.)
Una investigación por la Policía de Los Ángeles («LAPD») encontró que el Padre Aguilar abusó sexualmente de por lo menos 26 menores en el período de nueve meses que sirvió como un sacerdote en Los Ángeles. (Id. ¶ 41.) El 7 de abril de 1988, el LAPD le otorgo 19 cargos de actos lascivos sobre un niño. (Id. ¶ 47.)
En octubre de 1994, el Padre Aguilar violó a un monaguillo de trece años de edad con nombre de Joaquín Aguilar Méndez durante una misa en una parroquia en México D.F., y amenazó al chico para que se mantenga callado. (Id. ¶ 48.) Los padres del chico le informaron a un sacerdote en la parroquia, que los dijo que denuncien el incidente a la policía, lo que hicieron. (Id. ¶¶ 49,51.)
En 1997, el Padre Aguilar fue colocado de nueva cuenta en la Diócesis de Tehuacan, donde trabajó en varias iglesias, incluyendo San Vicente de Ferrer. (Id. ¶ 56.) Ese año, el Padre Aguilar violó y abuso sexualmente del Demandante, que tuvo doce años en aquel momento. (Id. ¶ 57.) En 2003, un tribunal mexicano encontró al padre Aguilar culpable de un acto de abuso sexual que ocurrió en 1997, sin relación al Demandante, y fue sentenciado a un año de prisión.
El 20 de abril de 2010, el Demandante presento esta queja alegando reclamos bajo el ATS y la ley de California contra el Padre Aguilar y los agentes antes mencionados de la Iglesia Católica. El Demandante alega que la Santa Sede, es decir el Vaticano, ha sabido del problema esparcido de abuso sexual infantil cometido por su clero por siglos, pero lo ha ocultado, y, por lo tanto, perpetuó el abuso. (Id. ¶ 97.) El Demandante alega que la Santa Sede dirigió a sus obispos en Estados Unidos y en el extranjero que oculte de sus parroquianos y del público en general el abuso sexual cometido por sus sacerdotes. (Id. ¶ 100.) El Demandante alega que el abuso sexual por el Padre Aguilar y la conspiración del Cardenal Rivera, la Diócesis de Tehuacan, el Cardenal Mahony, y la Archidiócesis de Los Ángeles en ocultar tal cantidad de abuso resulta en crímenes contra la humanidad, tortura, trato cruel, inhumano, y degradación en violación del ATS. El Demandante también alega que el Cardenal Rivera, la Diócesis de Tehuacan, el Cardenal Mahony, y la Archidiócesis de Los Ángeles son responsables del abuso sexual cometido por el Padre Aguilar por obligación por referencias. (Id. ¶¶ 106-151).
El 6 de mayo de 2010, el Honorable Juez Percy Anderson publicó una Orden para Mostrar Causa por lo cual la acción no debería ser despedida por falta de jurisdicción de tema. (Doc. 5.) En recibir una respuesta del Demandante, el Juez Anderson tomó el asunto bajo sumisión. (Doc. 11.) El caso entonces fue transferido a este Tribunal. El 19 de noviembre de 2010, los Acusados Mahony y la Archidiócesis de Los Ángeles presentaron un recurso para que el caso sea Despedido por Falta de Jurisdicción de Tema. (Doc. 24.)
III. ESTANDAR LEGAL
A. Estatuto de Reclamación por Agravios contra Extranjeros
El Estatuto de Reclamación por Agravios contra Extranjeros («ATS») (también refirió como Ley de Reclamación por Agravios contra Extranjeros, o «ATCA,» y Ley de Agravio a Extranjeros, o «ATA») fue decretado por el primer Congreso en 1789. La Ley Judicial de 1789, 24 de septiembre de 1789, ch. 20, § 9, 1 Stat. 77. Lee en su totalidad: «Los tribunales de distrito tendrán jurisdicción original de acción civil por un extranjero por un agravio solamente, cometido en la violación de la ley de naciones o un tratado de los Estados Unidos.» 28 U.S.C. § 1350. Así, un reclamo de ATS requiere un (1) reclamo de agravio, (2) ser presentado por un extranjero, que (3) alega una violación de la ley de naciones o un tratado de los Estados Unidos. Ver Kiobel v. Royal Dutch Petroleum Co., 62l F.3d 111, 116 (2d Cir. 2010) («ATS proporciona jurisdicción sobre (1) reclamo de agravio, (2) ser presentado por un extranjero (únicamente), (3) por violación de la ley de naciones.»); Aldana v. Del Monte Fresh Produce, N.A., 416 F.3d 1242,1246 (11th Cir. 2005) («Para obtener alivio bajo el ATA, los demandantes deben ser (1) un extranjero, (2) demandando por un agravio, que fue (3) cometido en la violación de la ley internacional.»).
B. Petición para Despedir por falta de Jurisdicción sobre el Tema: Regla 12(b)(1)
Bajo la Regla 12 de las Reglas Federales de Procedimiento Civil, una parte puede afirmar la defensa de falta de jurisdicción sobre el tema. Fed. R. Civ. P. 12(b). Una acción para despedir el caso por falta de jurisdicción sobre el tema de acuerdo con la Regla 12(b)(1) puede ser facial o basado en hechos. Safe Air for Everyone v. Meyer, 373 F.3d 1035, 1039 (9th Cir. 2004). «En un ataque facial, el quejoso insta que las alegaciones contenidas en una queja son insuficientes por si mismo para invocar jurisdicción federal». Id. Por ejemplo, un reclamo de ley del estado presentada en el tribunal federal. «Por contraste, en un ataque basado en hechos, el quejoso disputa la verdad de las alegaciones que, por si mismos, de otro modo invocarían jurisdicción federal». Id. (encontrando que la petición 12 (b)(1) del Acusado sea basado en hechos reales, donde el Acusado desafió si el residuo del césped constituyó desecho sólido bajo la Ley de Conservación de Recursos y Recuperación). «En resolverse un ataque basado en hechos en la jurisdicción, el tribunal de distrito puede revisar evidencia más allá de la queja sin convertir la petición para despedir en una acción jurídica de resumen». Id.
IV. DISCUSION
Porque hay ciudadanos Mexicanos en ambos lados de este caso, jurisdicción de diversidad no existe. Vea Craig v. Atl. Richfield Co., 19 F.3d 472, 476 (9th Cir. 1994) (presencia de un demandante extranjero y acusados extranjeros derrotan diversidad). El demandante por lo tanto debe confiar en la presencia de una pregunta federal para establecer jurisdicción. 28 U.S.C. § 1331. Aquí, el Demandante ha alegado varios reclamos bajo el ATS, un estatuto federal que otorga a los tribunales de distrito jurisdicción original sobre reclamos civiles (1) traídos por un extranjero (2) por agravios (3) cometidos en violación de la Ley Internacional de Costumbre. 28 U.S.C. § 1350; vea Kiobel, 62l F.3d en 116.
A. La distinción entre Regla 12(b)(1) y Regla 12(b)(6)
El Tribunal está consciente de las circunstancias procesales que precedieron la petición instantánea de los Acusados. Como se mencionó arriba, antes que el caso fuese transferido a este Tribunal, una Orden para Mostrar Causa fue publicada con respecto a la jurisdicción sobre el tema, y el asunto fue tomado bajo sumisión. Los Acusados entonces interpusieron una petición para Despedir por falta de jurisdicción sobre el tema de acuerdo con la Regla 12(b)(1). El Tribunal tomo en cuenta muchos de los argumentos de los Acusados en por qué le falta al Tribunal jurisdicción sobre el tema en si el Demandante ha alegado lo suficientemente en sus reclamos bajo ATS. La jurisdicción sobre el tema no depende de si un demandante ha indicado lo suficiente un reclamo, sin embargo, que el Tribunal no debe dirigir tales argumentos para el propósito de esta petición. La pregunta de si el Demandante ha alegado adecuadamente sus reclamos bajo el ATS es más apropiadamente presentado en una petición sobre la Regla 12(b)(6).
Eso es porque allí existe una clara distinción entre la pregunta presentada en una petición para despedir por falta de jurisdicción sobre el tema de acuerdo con la Regla 12 (b) y la pregunta presentada en una petición para despedir por falta de indicar un reclamo de acuerdo con la Regla 12(b)(1): «lo anterior determina si el demandante tiene un derecho de estar en el tribunal particular y lo último es una adjudicación en cuanto a si un reclamo legal reconocido ha sido fundamentado». Trs. of the Screen Actors Guild-Producers Pension & Health Plans v. NYCA, Inc., 572 F.3d 771, 775 (9th Cir. 2009) (citando 5B Wright & Miller, Practica Federal y Procedimientos § 1350 (3d ed. 2004)). Verdaderamente, por contraste a «una pregunta de méritos,» «jurisdicción por el asunto . . . se refiere al poder de un tribunal para escuchar un caso» que «presenta un asunto con bastante separación de la pregunta si las alegaciones del demandante le permiten alivio jurídico.» Morrison v. Nat´l Austl. Bank Ltd., 130 S. Ct. 2869, 2877 (2010). «Si la queja indica una causa de acción en que alivio podría ser otorgado es cosa de ley y sólo como asunto de hechos debe ser decidido después de, y no antes, que el tribunal ha asumido jurisdicción sobre la controversia». Bell v. Hood, 327 U.S. 678, 682 (1946); vea también Orff v. United States, 358 F.3d 1137, 1150 (9th Cir. 2004) («Lo central en Bell fue ‘que la inexistencia de una causa de acción no fue base apropiada para un despido jurisdiccional.´» (citando Steel Co. v. Citizens for a Better Env´t, 523 U.S 83, 96 (1998))); Kingman Reef Atoll Invs., L.L.C. v. United States, 541 F.3d 1189, 1995 (9th Cir. 2008) («A menos que el asunto jurisdiccional sea inextricable de los méritos de un caso, el tribunal puede determinar jurisdicción en una petición para despedir por falta de jurisdicción bajo la Regla 12(b)(1).»). El Tribunal es conocedor de esta distinción, y además, los límites que coloca en un tribunal de distrito cuando se considera una petición sobre la Regla 12 (b).
B. Llegando a una petición de la Regla 12(b)(1)
«Está firmemente establecido en nuestros casos que la ausencia de una válida (en comparación con discutible) causa de acción no implica jurisdicción sobre el tema, es decir, el poder reglamentario o constitucional de los tribunales para adjudicar el caso». Steel Co., 523 U.S en 89. «Antes de decidir que no hay jurisdicción, el tribunal de distrito debe mirar a la manera que la queja es presentada para ver si es presentada para reclamar un derecho de recuperación bajo la Constitución y las leyes de los Estados Unidos». Bell, 327 U.S. en 681. Dónde la queja «es tal presentada como para buscar recuperación directamente bajo la Constitución o leyes de los Estados Unidos, el tribunal federal, al menos por dos excepciones posibles luego notados, debe de entretener el caso». Id. en 682 (énfasis agregado). «La razón por esto es que el tribunal debe de asumir jurisdicción para decidir si las alegaciones indican una causa de acción en que el tribunal puede otorgar alivio así como determinar asuntos verdaderos que surgen en la controversia». Id. «Jurisdicción, por lo tanto, no es derrotada. . . por la posibilidad que las afirmaciones quizás fallen de indicar una causa de acción en que los peticionarios podrían realmente recuperar». Id. «Para ello es bien asentado que el fracaso de indicar una causa propia de acción hace llamar un juicio de los méritos y no por un despido del deseo de jurisdicción». Id.
«Las excepciones anteriormente talladas son que un caso a veces puede ser despedido por deseo de jurisdicción donde el reclamo pretendido bajo la Constitución o estatuto federal parece ser claramente inmaterial y hecho únicamente para los fines de obtener jurisdicción o donde tal reclamos son enteramente insustanciales y frívolos». Id. en 682-83. «Despido por falta de jurisdicción sobre el tema a causa de la insuficiencia del reclamo federal es apropiado sólo cuando el reclamo es ‘tan insustancial, inverosímil, ejecutado por juicios previas de este Tribunal, o de otro modo completamente desprovisto de mérito como no implicar una controversia federal.»‘. Steel Co., 523 U.S. en 89 (citando Oneida Indian Nation v. Cnty. of Oneida, 4l4 U.S. 661, 666 (1974)). «En cuanto el tribunal determina la jurisdicción del Demandante – los reclamos conferidos no son frívolos e inmaterial, no hay indagación adicional con respecto a los méritos del reclamo para el reclamo de propósito de jurisdicción». Hagans v. Lavine, 4l5 U.S. 528, 542 n.10 (1974).
El Tribunal Supremo ha indicado que:
Un tribunal puede despedir un reclamo basado en hechos frívolos sólo si los hechos pretendidos son «claramente infundados,» una categoría que abarca alegaciones que son «imaginarios,» «fantásticos,» y «delusionales[.]» Como esas palabras sugieren, un hallazgo de la frivolidad factual es apropiado cuando los hechos alegados se suben al nivel de irracional o lo enteramente increíble, sin tener en cuenta si hay hechos judicialmente notables disponibles de contradecirlos. Y en la queja de forma pauperis no puede ser despedido, por decir, simplemente porque el tribunal encuentra que las alegaciones del Demandante son improbables.
Denton v. Hernandez, 504 U.S. 25, 32-33 (1992) (citaciones internas omitidas). El Juez Harlan, estando de acuerdo en Bivens v. Six Unknown named Ages of Fed. Bureau of Narcotics, 403 U.S. 388, 410 (1971), defino «reclamos frívolos» como «reclamos sin ningún mérito legal». Bivens, 403 U.S. en 410 (Harlan, J., estando de acuerdo). El Noveno Circuito ha tenido que «una queja es frívola donde ninguno de los puntos legales es discutible en sus méritos». Goland v. United States, 903 F.2d 1247, 1258 (9th Cir. 1990); vea Harrah´s Club v. Van Blitter, 902 F.2d 774, 777 (9th Cir. 1990) («Una apelación frívola es definida como uno en que el resultado es obvio, o donde los reclamos de los apelantes son totalmente sin merito».). Aún más, un «reclamo es insustancial sólo si ‘su falta de solidez claramente resulta de las decisiones anteriores de este tribunal como para ejecutar juicio de cierre al sujeto y no dejar lugar para la inferencia que las preguntas buscaron ser levantadas puede ser el sujeto de controversia.'» Hagans, 415 U.S. en 538 (citando Goosby v. Osser, 409 U.S. 5I2, 518 (1973)). El Noveno Circuito ha definido «inmaterial,» en el contexto de la Regla 12, como «el que no tiene elemento esencial ni relación importante al reclamo por alivio ni las defensas para ser implorados». Fantasy, Inc. v. Fogerty, 984 F.2d 1524, 1527 (9th Cir. 1993), se gira por otros motivos, 510 U.S. 517 (1994).
C. La petición de los Acusados
Los acusados afirman múltiples argumentos en cuanto por qué le falta jurisdicción sobre el Tema al Tribunal bajo ATS, por lo cual la mayor parte se dirige a los méritos de los reclamos del Demandante, y, como explicado arriba, están perdidos en una petición de Regla 12(b)(1). El acusado discute que: (1) el reclamo de ATS del Demandante esta impedido por el término de prescripción; (2) la Archidiócesis de Los Ángeles no puede ser responsable bajo el ATS porque es una corporación; (3) el Demandante no fue víctima de un crimen bajo el derecho internacional; (4) el Demandante no ha agotado remedios bajo la ley mexicana; y (5) el Demandante no puede indicar un reclamo de ATS contra el Cardenal Mahony bajo una teoría de conspiración. Los únicos argumentos del acusado que potencialmente pueden ser dirigidos a la pregunta de jurisdicción son el término de prescripciones y agotamiento. Vea Aloe Vera of Am., Inc. v. United States, 580 F.3d 867, 871 (9th Cir. 2009) (reconociendo una categoría de «estatutos Jurisdiccionales de limitaciones «); Burns v. United States,764 F.2d 722, 724 (9th Cir. 1985) (teniendo que el término de prescripciones bajo la Ley de Reclamos Federales de Agravio es jurisdiccional); Iowa Mut. Ins. Co. v. LaPlante, 480 U.S. 9, 16 n.8 (1987) («Agotamiento es requerido como un asunto de cortesía, no como un requisito previo de jurisdicción» y lo puede «rendir apropiado para los tribunales federales en declinar jurisdicción en ciertas circunstancias»). El Tribunal dirige esos puntos primero.
1. Término de Prescripciones y Agotamiento
En cuanto al argumento del término de prescripción de los Acusados, el Noveno Circuito ha tenido que el término de prescripción bajo el ATS es diez años. Deutsch v. Turner Corp., 324 F.3d 692, 717 (9th Cir. 2003). El ATS es susceptible a tocar equitativo para la privación de capacidad. Hilao v. Estate of Marcos, 103 F.3d 767, 773 (9th Cir. 1996); vea también Cal. Civ. Proc. Code § 352 (a) (tocando el tiempo de interponer una causa de acción hasta que una persona llegue a los dieciocho años de edad). Alternativamente, bajo la ley de California, los niños que son víctimas de abuso sexual tienen hasta su cumpleaños de veinte-seis años para interponer una causa de acción. Cal. Civ. Proc. Code § 340.1 («En una acción de recuperación de daños sufridos a consecuencia de abuso sexual infantil, el tiempo para el comienzo de la acción estará dentro de ocho años de la fecha que el demandante alcance la mayoría de edad»). El demandante alega que fue abusado sexualmente por el Padre Aguilar en 1997 cuando el Demandante tenía doce años de edad. (FAC ¶ 57.) El demandante obtuvo los dieciocho años de edad en 2003. El Demandante interpuso su Queja en 2010. Bajo la aplicación equitativa al ATS o el término de prescripciones de California para el abuso sexual infantil, el reclamo del Demandante es oportuno y no es impedido por el término de prescripciones.
En cuanto al agotamiento, no es requerido para reclamos bajo ATS. Sarei v. Rio Tinto, PLC, 550 F.3d 822, 824 (9th Cir. 2008) (Nosotros declinamos imponer un requisito absoluto de agotamiento en casos de ATS».). «El Acusado debe soportar el cargo de implorar y justificar un requisito de agotamiento, inclusive la disponibilidad de remedios locales». Id. en 832. Los Acusados discuten que «principios de cortesía requieren a un Demandante que atrae un reclamo de ATS agotar remedios bajo la ley doméstica antes de continuar en un Tribunal Federal de EEUU». (Pet. de Acusados en 12.) El Tribunal no está convencido. La autoridad de los Acusados para esta proposición, Rio Tinto, dicta explícitamente que los estados de agotamiento no son requeridos, y que si un requisito de agotamiento sea impuesto en ciertos casos, el requisito de justificar los cargos, inclusive la disponibilidad de remedios locales, se caerá a los Acusados. Rio Tinto, 550 F.3d en 831-32. Los Acusados han fallado en justificar un requisito de agotamiento o explicar si cualquiera de los remedios locales está disponible.
2. La Jurisdicción sobre el Tema por encima de los Reclamos de ATS del Demandante
En cuanto a la jurisdicción sobre el tema bajo ATS, en Sosa v. Alvarez-Machain, 542 U.S. 692 (2004), el Tribunal Supremo asumió implícitamente, sin decidir explícitamente, que jurisdicción fue apropiada si un demandante trae un reclamo bajo el ATS a pesar de si la causa de acción es últimamente encontrada procesable por el tribunal federal. Vea generally id (invirtiendo el juicio del Noveno Circuito de juicio de resumen sin mencionar la jurisdicción sobre el tema). «Es un principio cardenal federal ‘surgiendo abajo’ jurisdicción que ‘cualquier afirmación no-frívolo de un reclamo federal establece jurisdicción federal sobre la pregunta, incluso si ese reclamo sea despedido más tarde por sus méritos.»‘ Sceen Actors, 572 F.3d en 775 (citando Cement Masons Health & Welfare Trust Fund for N. Cal. v. Stone, 197 F.3d 1003, 1008 (9th Cir. 1999)).
Aquí, los reclamos del Demandante bajo ATS no son frívolos, y por lo tanto presenta una pregunta federal sobre que este Tribunal tiene jurisdicción original. El demandante alega reclamos bajo ATS por (1) violación y abuso sexual, (2) crímenes contra la humanidad, (3) tortura, (4) trato cruel, inhumano, y degradación, y (5) conspiración civil basado en la supuesta violación y abuso sexual cometido por el Padre Aguilar, y la conspiración del Cardenal Mahony, la Archidiócesis de Los Ángeles, del Cardenal Rivera, y la Diócesis de Tehuacan en ocultar y no reportar tales actos. Esto es suficiente para establecer jurisdicción sobre el tema bajo el ATS porque el Demandante, un extranjero, alega agravios cometidos en la violación de leyes internacionales de costumbre. Vea Kiobel, 621 F.3d en 116.
Mirando específicamente en las alegaciones del Demandante contra el Padre Aguilar, los tribunales federales han reconocido violación y abuso sexual como una ofensa procesable bajo el ATS como un crimen contra la humanidad. Doe v. Qi, 349 F. Supp. 2d 1258, 1325 (N.D. CaL. 2004); vea también Estatuto de Roma, art. 7, (g) (específicamente mencionando violación como un ejemplo de un crimen contra la humanidad); Convención de las Naciones Unidas por los derechos de la Infancia, art. 34 (1989) («Los Estados se emprenden a proteger a la infancia de todas las formas de explotación sexual y abuso sexual».). Tortura también es una ofensa procesable bajo el ATS. Sosa, 542 U.S. en 732 (Para propósitos de la obligación civil, el torturador ha llegado a ser – como el pirata y el traficante de esclavos antes de él – hostis humani generis, un enemigo de toda la humanidad» (citando Filartiga v. Pena-Irala, 630 F.2d 876, 890 (2d Cir. 1980)); Siderman de Blake v. Repúblic of Argentina, 965 F.2d 699, 7I7 (9th Cir. 1992) (clasificando tortura..
FUENTE: http://www.sectas.org
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