Imposición del Celibato a los sacerdotes mediante la esclavización de sus mujeres y de sus hijos a partir del siglo XI en Roma y en Europa (algunos casos).
Esclavización de la mujer del sacerdote:
– A mediados del siglo XI, León IX convirtió en esclavas de su palacio a todas las mujeres que vivían con religiosos en Roma.
– El sínodo de Meifi (1089), presidido por Urbano II –el promotor de la primera cruzada, que culminó con la matanza de 70.000 sarracenos en Jerusalén y declarado santo en 1881– ordenó, en caso de que el sacerdote no acabara con su matrimonio, la venta de la esposa como esclava, por el poder temporal, al que involucró así en la cuestión del celibato.
– El arzobispo Manases II autorizó en 1099 al conde Roberto de Flandes a capturar a las mujeres de los clérigos excomulgados de todas sus diócesis. En Hungría y otros lugares fue igual. En todas partes, particularmente en Franconia, hubo escenas crueles y el fanatismo de los monjes mostró su rostro; a los religiosos que no fueron capaces de abandonar a sus mujeres e hijos sólo les quedó la vida. La Iglesia, desde España hasta Hungría e Inglaterra, siguió ordenando que las mujeres de los sacerdotes fueran vendidas, esclavizadas, traspasadas a los obispos junto con todas sus propiedades, o desheredadas. Además, hasta la época moderna,impuso a las “concubinas notorias” el destierro, la privación de los sacramentos, el afeitado de cabeza “públicamente, en la iglesia, un domingo o día festivo, en presencia del pueblo”, como dispone el sínodo de Rúan, de 1231; la iglesia amenazaba a la mujer del sacerdote con negarle el entierro, con arrojar su cuerpo al estercolero o, muchas veces, con entregarla al estado, lo que con frecuencia acababa en destierro o prisión. En el siglo XVII, el obispo de Bamberg, Gottfried von Aschhausen, todavía apelaba al “poder temporal” “para que entre en las parroquias, encuentre a las concubinas, las azote públicamente y las arreste”.
Historias de Abelardo, Copérnico, Bochard
– Hubo casos célebres de víctimas de la prohibición católica. El teólogo Abelardo, se enamoró y se casó con Eloísa, la sobrina del abad Fulberto, a la que conoció durante las clases que daba en París, luego fue castrado por los parientes de ella, a instigación del abad. Nicolás Copérnico. Había recibido la ordenación sacerdotal y una canonjía en la catedral de Frauenburg. Su obispo y amigo de juventud, Dantiscus, le ordenó cuando el genio rondaba los 60 años, que se separara de una pariente lejana, Anna Schilling, con la que había vivido mucho tiempo, Copérnico asintió y prometió dejarla con pesar, pero Copérnico siguió reuniéndose en secreto con Anna, hasta que, de nuevo bajo la presión del obispo, renunció también a estos encuentros, muriendo, solo y abandonado, cuatro años más tarde. El caso del subdiácono Bochard es estremecedor. Era chantre en Lyon y canónigo en Tournai, y tenía dos hijos de una noble, hermana de la condesa Juana de Flandes. Inocencio III –responsable de la masacre de los albigenses–, que consideraba el matrimonio de los clérigos “un lodazal”, excomulgó a Bochard y ordenó al arzobispo de Reims que renovara el anatema cada domingo con repique de campanas y cirios encendidos, suspendiendo los oficios divinos donde quiera que estuviese Bochard hasta que abandonara a la mujer e hiciera penitencia. Bochard se sometió al castigo y pasó un año en Oriente peleando contra los “infieles”. Pero cuando volvió vio a su mujer y a sus hijos y renaciendo su instinto familiar volvió con ellos. Poco después fue capturado en Gante y decapitado y su cabeza paseada por todas las ciudades de Flandes y Henaut.
– Según el cisterciense Cesáreo de Heisterbach, en el siglo XIII la gran mayoría de los religiosos hacía vida matrimonial legítima o “en concubinato”. Eran responsables de familias con esposa e hijos. Sólo los remordimientos de conciencia atizados por los fanáticos sembraron la discordia.
El trato a los hijos del sacerdote:
– Desde fines de la Antigüedad, las mujeres, hijos e hijas de los clérigos, fueron perdiendo sus derechos y tratados cada vez peor. En 655, el noveno sínodo de Toledo dictó que todos los hijos de sacerdotes “no deben heredar de sus padres o sus madres, y pasarán a ser esclavos de por vida de la iglesia en la que los padres que los engendraron tan deshonrosamente prestaban sus servicios”. Así que en territorio visigodo, todo descendiente de religioso carecía de derechos sobre la herencia de sus padres y se convertía de por vida en un siervo de la Iglesia, sea su madre libre o no.
– En el siglo XI, el gran sínodo de Pavía hizo esclavizar de por vida a todos los hijos de sacerdotes, “hayan nacido de libres o siervas, de esposas o de concubinas”. El concilio, dirigido por Benedicto VIII, tomó la misma decisión: “Anatema para quien declare libres a los hijos de tales clérigos –que son esclavos de la Iglesia– sólo porque hayan nacido de mujeres libres; porque quien lo haga roba a la Iglesia. Ningún siervo de una iglesia, sea clérigo o laico, puede adquirir algo en nombre o por mediación de un hombre libre. Si lo hace, será azotado y encerrado hasta que la iglesia recupere los documentos de la transacción. El hombre libre que le haya ayudado tendrá que indemnizar completamente a la iglesia o ser maldito como un ladrón de iglesia. El juez o notario que haya extendido la escritura, será anatematizado”.
– En aquel tiempo la mayoría del bajo clero descendía de esclavos y no tenía propiedades ni podía hacer testamento. Cualquier cosa que esas personas adquirieran o ahorraran pertenecía al obispo, quien por ello, tenía gran interés en la nulidad de los matrimonios de los sacerdotes y en la incapacidad de los hijos para heredar. A los descendientes de esclavas de iglesia se les privó siempre del derecho a heredar y estaban a completa disposición de los prelados que, por tanto, no veían con malos ojos que un clérigo se uniera a una esclava. Pero, ésta era la regla, debido a que la servidumbre era condición generalizada. Y, por tanto, los hijos se atribuían a la “peor parte”, a la mujer esclava, convirtiéndose así, en esclavos. Pero, si un religioso que no era hombre libre se casaba con una mujer libre, sus hijos eran considerados libres, con capacidad de poseer propiedades y de heredar, y quedaban protegidos por las leyes seculares, lo que no convenía a la iglesia.
– El papa Benedicto lamenta que “incluso los clérigos que pertenecen a la servidumbre de la Iglesia –si es que se les puede llamar clérigos–, como quiera que se ven privados por las leyes del derecho a tener mujer, engendran hijos de mujeres libres y evitan a las esclavas de las iglesias con el único propósito fraudulento de que los hijos engendrados de la mujer libre también puedan ser libres, de alguna manera”. Los veía como enemigos de la iglesia dispuestos a perseguir a la Iglesia y a Cristo. “Mientras los hijos de siervos conserven su libertad, como falazmente pretenden, la Iglesia perderá ambas cosas, los siervos y los bienes. Así es como la Iglesia, antaño tan rica, se ha empobrecido”. El peor enemigo del papa es que quien reduce su patrimonio. Pues el patrimonio garantiza poder, el poder, dominio feudal, y el dominio feudal lo es todo. Después de comparar a los clérigos desobedientes con los caballos y los cerdos de Epicuro, y de aducir, como prueba de la peor de las corrupciones, que su desenfreno no era discreto sino público, el Vicario de Cristo dispone: “todos los hijos e hijas de clérigos, hayan sido engendrados por una esclava o por una mujer libre, por la esposa o por la concubina, serán esclavos de la Iglesia por toda la eternidad”. Las decisiones de Pavía fueron declaradas vinculantes también para Alemania en el sínodo de Goslar, en 1019, cuando el piadoso emperador Enrique II –coronado por el Papa (y a quien todavía hoy se venera en Bamberg)– las elevó a leyes imperiales. Los jueces que declararan libres a los hijos de sacerdotes serían privados de patrimonio y desterrados de por vida, las madres de esos hijos azotadas en el mercado y también desterradas, los notarios que levantaran un acta de libre nacimiento o algún documento similar perderían su mano derecha… ¡Enrique el Santo!.
– Por el contrario, una ley siciliana de Federico II, el gran librepensador y rival del papa, reconocía a los hijos de los sacerdotes el derecho a heredar. Y en España, desde el siglo IX, en que se extendía el concubinato –la barraganería– entre el clero, paralelamente al florecimiento de la cultura árabe, los hijos de esta clase de uniones estables fueron, en general, considerados como libres hasta el siglo XIII. Podían heredar de sus padres y acceder al mismo empleo eclesiástico que hubiera tenido su progenitor.
– En España hubo una reacción desde el quinto concilio lateranense, en 1215, cuando aumentaba el centralismo papal y la Reconquista progresaba. En 1228, el primer sínodo de Valladolid, bajo la dirección de un legado papal, declaró que ningún hijo de clérigo nacido luego del quinto concilio lateranense podría heredar de su padre, quedando también excluido del estado religioso. Durante toda la Edad Media se siguió atacando a los hijos de los sacerdotes, sin importar su origen legítimo o ilegítimo, y el derecho civil incluyó a sus nietos y perjudicó a toda su descendencia. En cambio, en Suecia, al mismo tiempo se negaba a la Iglesia el derecho a heredar, suscitando las quejas de Roma a propósito de la “salvaje brutalidad del pueblo sueco” como decía Honorio III, aquel infatigable promotor de cruzadas.
– La iglesia llegó a impedir toda relación familiar y humana entre los clérigos y sus hijos. Prohibió que hijos e hijas permanecieran al lado de su padre y fueran educados en el hogar, prohibió a los religiosos participar en la elección de cónyuge, en la boda o en el entierro de sus hijos y nietos, que una de sus hijas pudiera casarse con otro sacerdote o con uno de los hijos de éste. Y tampoco le estaba permitido a ningún laico casarse con la hija de un clérigo.
– A mediados del siglo XVI, el concilio de Trento declaró que el hijo de un sacerdote no podía acceder a la prebenda de su padre y que la renuncia de éste en beneficio de su hijo era nula. En 1567 se ordenó poner fin a la costumbre de enterrar en el mismo lugar a los sacerdotes y a sus hijos; asimismo, en las tumbas de los clérigos se eliminaría cualquier referencia a sus hijos. En el siglo XVII el sínodo de Turnau ordenó la humillación pública de los hijos e hijas de sacerdotes y el encarcelamiento de estos últimos.
(Extractos del libro “Historia sexual del cristianismo” de Karlheinz Deschner, editorial Yalde, Zaragoza 1993, 480 páginas.)